Ir al contenido principal

Luchando contra las arbitrariedades en el mundo laboral y en la vida misma



Mucho me temo que a nivel particular nos vamos a encontrar con evasivas absurdas que apuntan a que las bases no se publican, los resultados de baremación y entrevista tampoco porque se vulneraría el derecho a la intimidad de los concursantes, o cualquier otra MEMEZ.

Habría que moverse como colectivo, pero en un ambiente laboral tan precario y producto de una crisis que no se soluciona, la gente solo mira para sí, sin darse cuenta de que hoy están, pero mañana, no sabemos.

Es dificil verse al otro lado de la mesa de tu puesto de trabajo, ponerse en el lugar del otro, quizás simplemente es que es más fácil no reparar en ello, y si se repara es más facil y cómodo seguir en una posición "cómoda" a implicarse y conseguir justicia, que en realidad no es para uno sino que es un logro social en toda regla. La gente debería estar orgullosa por implicarse en temas así, pero no, es más cómodo y más políticamente correcto no comprometerse con el otro.

De acuerdo con esto a la hora de reclamar podremos esgrimir algunas cosas, pues tenemos que:




CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA:
Art. 14
"Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
Art. 23.2
"Asimismo [los ciudadanos] tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos con los requisitos que señalan las leyes".

ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES : 
Art.4.2 c) En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho:
"c) A no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una vez empleados, por razones de sexo, estado civil, edad dentro de los límites marcados por esta ley, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua, dentro del Estado español. 
 
Tampoco podrán ser discriminados por razón de discapacidad, siempre que se hallasen en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate."

Art.4.2 e)
En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho:
 
"e) Al respeto de su intimidad y a la consideraci ón debida a su dignidad, comprendida la protección frente a ofensas verbales y físicas de naturaleza sexual y frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual."

Art. 17.1
"Se entenderán nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios, las cláusulas de los convenios colectivos, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que contengan discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de edad o discapacidad o favorables o adversas en el empleo, así como en materia de retribuciones, jornada y demás condiciones de trabajo por circunstancias de sexo, origen, incluido el racial o étnico, estado civil, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, adhesión o no a sindicatos y a sus acuerdos, vínculos de parentesco con otros trabajadores en la empresa y lengua dentro del Estado español. 

Serán igualmente nulas las decisiones del empresario que supongan un trato desfavorable de los trabajadores como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación."


 
Art. 54.2 g)
Se considerarán incumplimientos contractuales:

"g) El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual al empresario o a las personas que trabajan en la empresa." 

 


LEGISLACIÓN INTERNACIONAL

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS :

Art.2.1
"Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición" .

 
Art.7
"Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación". 




PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS :

Art. 26
"Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social ". 
 



FUTURA CONSTITUCIÓN EUROPEA :

Art. II-81.1
"Se prohíbe toda discriminac...

Entradas populares de este blog

Fábula que justifica la no discusión. El burro, el tigre y el león

    El burro le dijo al tigre: - "El pasto es azul".   El tigre respondió: - "No, el pasto es verde".   La discusión subió de tono y los dos decidieron someterlo a arbitraje, para ello pusieron la cuestión en manos del león, el Rey de la Selva.   Antes de llegar al claro del bosque, donde el león estaba sentado en su trono, el burro empezó a gritar: - "Su Alteza, ¿es cierto que el pasto es azul?".   El león respondió: - "Cierto, el pasto es azul".   El burro se apresuró y continuó: - "El tigre no está de acuerdo conmigo, me contradice y molesta, por favor, castígalo".   El rey entonces declaró: - "El tigre será castigado con 5 años de silencio".   El burro saltó alegremente y siguió su camino, contento y repitiendo: - “El pasto es azul”, “El pasto es azul” ...   El tigre aceptó su castigo, pero antes le preguntó al león: - "Su Majestad, ¿por qué me ha castigado?, después de todo, el pasto es verde".   El león respond...

¿Profetas en su propia tierra?

“Jesús les decía “Ningún profeta es tenido en poco, sino en su patria y entre sus parientes y en su familia.” Y no pudo hacer allí ningún milagro, fuera de que a algunos enfermos les impuso las manos y los curó”. Esta imposibilidad de hacer milagros, no viene de que no tenga ya poder para ello… sino que se relaciona con la falta de Fe. El milagro supone la Fe, necesaria para comprenderlo, para recibirlo.

Quevedo contemporáneo

    Ante la injusta política que estamos sufriendo en España, tenemos que recordar algo que en su día dijera Quevedo, genio agudo y mordaz.  Parece que no hemos avanzado mucho desde el Siglo de Oro español acá, pues parece como si Francisco de Quevedo se hubiese despertado y hubiese puesto el telediario, su exclamación fue esta: "Cataluña y Portugal  son de la misma opinión;  sólo Castilla y León y el noble pueblo andaluz llevan a cuesta la cruz. Católica majestad ten de nosotros piedad pues no te sirven los otros como lo hacemos nosotros".   Quévedo (1580-1645) Francisco de Quevedo y Villegas nace de una familia aristocrática cortesana formada por el matrimonio Pedro Gómez de Quevedo y Villegas y de María Santibáñez el día 17 de Septiembrede 1580, signo Virgo, le gustaba poner los puntos sobre las íes y aprovechaba cualquier oportunidad para ello. Cultiva prosa y poesía y encarna el Conceptismo en España frente al Culteranismo, representado por Góngora, su...